Para los últimos días del mes de julio entrará en
vigor la norma oficial NOM-060-SAG/PESC-2014, relativa a la regulación
de la pesca responsable en cuerpos de aguas continentales de jurisdicción
federal que contempla los embalses de seis presas del país, entre ellas la
Adolfo López Mateos (El Infiernillo) y la José María Morelos (La Villita).
El pasado 27 de mayo
la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
(SAGARPA) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la norma que
establece los términos y condiciones para el aprovechamiento de los recursos
pesqueros de la fauna acuática,
normatividad que es de observancia obligatoria para todas las personas
que realicen actividades de pesca comercial, deportivo-recreativa y de consumo
doméstico, así como acuacultura comercial.
Como parte de la
norma se contempla que en “EL
INFIERNILLO” las especies autorizadas para la pesca comercial son cuatro tipos
de tilapia, tres de carpa, 2 de
bagre y el pez diablo o plecos. Lugar
donde las actividades de pesca comercial serán de lunes a viernes teniéndose
como horario para el trabajo de recuperación de equipos de pesca entre las 6:00
y las 15:00 horas de cada día.
En la normatividad se
establece para El Infiernillo un límite de captura por pescador de consumo
doméstico, de un máximo de 5 ejemplares diarios por pescador, de cualquiera de
las especies sin embargo en el caso del pez diablo o plecos no hay restricción
en el número de ejemplares capturados.
En "LA
VILLITA" las especies autorizadas para la pesca comercial son: tilapia,
mojarra del balsas, tres tipos de carpa, el
bagre de balsas y el langostino de río. l horario exclusivo para la
instalación y recuperación de equipos de pesca por parte de los pescadores será
entre las 16:00 horas y las 8:00 horas del día siguiente de lunes a
sábado.
La nueva
regulación asienta que en La Villita se establece un límite de captura por
pescador para consumo doméstico de 3 kilogramos de cualquiera de las especies
indicadas.