19/3/14

API CANCELA LA LICITACIÓN PARA RENOVAR AL PRESTADOR DEL SERVICIO DE REMOLCADORES



Por: María Otilia Medellín Tinoco 

Sería el lunes de esta semana cuando debería conocerse el fallo de adjudicación de la convocatoria pública nacional que emitió la Administración Portuaria Integral (API), para contratar “Servicios de asesoría y apoyo en la licitación para un nuevo prestador de servicio de remolcadores, en el puerto de Lázaro Cárdenas, Mich.” sin embargo el concurso nacional ni siquiera llegó a la etapa de presentación y apertura de proposición por parte de los interesados y que debería haberse desahogado el pasado jueves 13 de marzo.

El procedimiento, cancelado el 11 de marzo, desde su emisión llamó la atención porque si bien es cierto que la API Lázaro Cárdenas (Apilac), signó en enero de 1997 un contrato por 10 años para la prestación de servicios de
remolque en Puerto LC, esto luego de emitir la convocatoria pública APIS-REMOL/01/LAC/96 y adjudicar el contrato APILAZ02026/97; también es cierto que se conoció en su momento que la Apilac celebró un convenio modificatorio y de prórroga al  contrato de prestación de servicios portuarios de remolque.

Información recabada por este medio da cuenta que en septiembre del 2005 se celebró el convenio para ampliar el contrato de un plazo de 10 años a un plazo adicional de ocho años a partir del 14 de febrero de 2007 y entonces, además, se modificaron otras cláusulas relacionadas con el porcentaje de pago de contraprestación.

Pero también llama la atención de la cancelación de la licitación No. LA-009J3A001-N01-2014 publicada el 25 de febrero del 2014 puesto que con motivo de una auditoría realizada en la segunda quincena de diciembre pasado se recomendó a la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas implementar mecanismos de control y supervisión de los documentos de soporte de procesos de licitación puesto que la documentación de la convocatoria pública del contrato de servicios portuarios núm. APILAZ02-026/97 no contó con la documentación soporte del proceso de licitación ni del oficio mediante el cual se envió dicho contrato a la SCT para su registro.
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