17/1/12

Aclara Gobierno del Estado subsidio a la Tenecia 2012 y reemplacamiento

Morelia, Mich., a 17 de enero de 2012.- A partir del 1 de enero del 2012, entró en vigor en el Estado, el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, señalado en los artículos del 33-A al 33-Y, de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo, mismos que fueron adicionados a dicha normatividad según publicación realizada en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre del 2009.

Con fecha 29 de diciembre del 2011 se adicionó el artículo 33-Z a la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo, mismo que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el cual entró en vigor el 01 de enero del 2012.

Dicho artículo establece que se constituye un programa para otorgar un subsidio del 100% en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en beneficio de las personas físicas y morales sujetas de este impuesto, que se encuentren al corriente en todas las contribuciones Estatales y Federales coordinadas, además de que cumplan con las disposiciones reglamentarias que al efecto emitió la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado .

Por lo que después de desaparecer la tenencia a nivel federal el Estado de Michoacán, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración, publicó el 30 de diciembre de 2011 en el Periodico Oficial del Estado, el Acuerdo que establece las reglas para otorgar el subsidio para el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos en el Estado de Michoacán en el 2012.


Cómo Solicitar el Subsidio para la Tenencia 2012
1.- Realizar una solicitud para obtener el subsidio mediante el formato establecido en la Secretaría de Finanzas y Administración donde incluya todos los vehículos de su propiedad objeto del impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, ya sea a través de la página www.michoacan.gob.mx, marcando al 070 “tramita Fácil” o presentarse en la oficina de rentas más cercana a su domicilio con CURP y/o RFC así como tarjeta de circulación que contiene los datos del o los vehículos.

2. Si la respuesta a la solicitud es positiva (misma que se puede consultar en los medios antes descritos), deberá acudir a la oficina rentística para obtener el comprobante oficial que acredite haber obtenido el subsidio y presentar en original (y copia para su cotejo) de la siguiente documentación: identificación Oficial, comprobante de domicilio no mayor a 60 días y la solicitud autorizada para obtener el subsidio debidamente firmado por el peticionario junto con la factura del vehículo.
La dotación de placas se realizará el día que acredite haber recibido el subsidio antes mencionado o se pague el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos por no ser acreedor a los beneficios del subsidio, o si va a realizar canje de placas además entregará las placas y tarjeta de circulación que portaba.


Sobre el Reemplacamiento 2012
Conforme a lo dispuesto por el artículo séptimo del Acuerdo expedido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2000, en relación con el punto número 5.1.3.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SCT-2-2000, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2001 cada entidad federativa podrá emitir sus propias placas de circulación incorporándoles características y diseños particulares, pero respetando cierto estándar que todas deben de cumplir las cuales tendrán un periodo de vigencia de tres años y corresponde al Estado de Michoacán de Ocampo para el presente ejercicio fiscal del año 2012, realizar el canje general de placas de circulación el cual está contemplado en la Ley de Ingresos del 2012.

Actualmente, se está llevando el proceso de licitación para la adquisición de las placas y engomados correspondientes al ejercicio, y que una vez concluido y de acuerdo a los tiempos de fabricación del proveedor adjudicado se contará con las mismas. Cabe destacar, que mientras se desarrolla el proceso de licitación, el Estado emitirá para los vehículos nuevos (y aquellos que lo requieran) permisos provisionales de circulación.

Adicionalmente, el día 09 de enero de 2012, se publicó el acuerdo por el cual se concede el descuento del 100% de las multas estatales y federales por la omisión del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículo y del pago de derechos de refrendo (o la omisión de la realización de algún trámite vehicular, como es la actualización del domicilio del propietario) así como la prescripción de oficio de los ejercicios 2006 y anteriores, el cual tendrá una vigencia de 30 días.
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