4/8/10

DESATIENDE AYUNTAMIENTO RECOMENDACIONES

Al cumplirse dos meses de que la Comision Federal de Competencias (CFC) revelara que Lázaro Cárdenas se encuentra entre los municipios que imponen restricciones a la competencia en tortillerias mediante una regulación anticompetitiva; por el gobierno municipal no se ha divulgado aún su intención de corregir la legislación local.

El pasado 31 de mayo la CFC emitió lineamientos al respecto e incluyó cuatro recomendaciones para evitar barreras regulatorias y prevenir acuerdos ilegales.

Del asunto en las páginas de este semanario se consignó oportunamente que en el curso de sus investigaciones la CFC detecto que son comunes las barreras regulatorias –sobre todo a nivel municipal- que inhiben la competencia en la producción y venta de tortillas y, por lo tanto, provocan precios artificialmente altos.

Por el Pleno de la CFC se recomendó a los gobiernos municipales: Eliminar distancias mínimas y otras restricciones al número de participantes. Eliminar disposiciones que permiten a los comercios establecidos opinar sobre la entrada de nuevos participantes y sobre los precios en el mercado. Atender las solicitudes de acceso al mercado con base en criterios transparentes y públicos que favorezcan la entrada. Y, Eliminar requisitos de cuotas mínimas de insumos locales.

La dependencia federal opinó que la aplicación de estos lineamientos por parte de las autoridades municipales contribuiría a eliminar barreras artificiales a la entrada de nuevas tortillerías y haría más difíciles los acuerdos ilegales de precios entre competidores, favoreciendo así a los consumidores, especialmente a los más pobres.

Y además de lo anterior ahora el ayuntamiento ha sido señalado por una autoridad judicial porque ahora existe un amparo emitido por el Juzgado Octavo de Distrito en el estado de Michoacán con residencia en Uruapan qué encontró fundado el concepto de violación y concedió a un ciudadano la protección constitucional contra actos del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas.

La moción que incluye al Sindico, Regidores, Secretario y Director de Reglamentos así como el director del Periódico Oficial del Estado se emitió porque se estima violatorio, de los artículos 4, 5, 25, 28 y 133 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 9 del Reglamento Municipal para Molinos y Tortillerías que marca que “la distancia mínima que debe existir entre el negocio que se pretende instalar en más próximo será de 500 metros a la redonda” y en el que se fundó un emplazamiento a una comerciante para cerrar su negocio.
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