30/6/09

TOMA PROTESTA ARTEMIO YAÑEZ NÚÑEZ, COMO SÍNDICO MUNICIPAL SUPLENTE EN FUNCIONES

* Se habilita a Manuel Barreras Ibarra, Secretario del Ayuntamiento, como Encargado del Despacho de la Presidencia Municipal


LÁZARO CÁRDENAS, MICH.- “¿Protesta guardar y hacer guardar la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado y las leyes que ambas emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo que el pueblo le ha conferido, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Nación, del Estado y del Municipio?” fue así como en sesión extraordinaria del ayuntamiento del municipio de Lázaro Cárdenas, Michoacán, celebrada el día 30 de junio del año en curso y dando cumplimiento a lo que señala el articulo 159 de la Ley Orgánica Municipal, se procedió a dar la toma de protesta de Artemio Yáñez Núñez como Sindico Municipal suplente para sustituir en el ejercicio de su cargo a Abel Salazar Gómez.

Tal se desprende de un comunicado en el que se narra textualmente que "Siendo las 9:30 horas, se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, donde los integrantes del Órgano de Gobierno designaron al ciudadano Humberto Soberano Ramírez para que presidiera la presente sesión, donde los puntos más trascendentales del orden del día giraron entorno a la toma de protesta de ley al ciudadano Artemio Yañez Núñez"

Y añade que "Por su parte Artemio Yañez Núñez señaló que la situación económica será una de sus prioridades en estos momentos y los pendientes que pueda haber, a su vez hizo hincapié en que las políticas de trabajo y las acciones ya están encaminadas y bien trabajadas, por lo que se seguirá trabajando sobre la misma línea"

Y concluye que "Acto seguido por unanimidad, el honorable ayuntamiento con fundamento en el articulo 50, fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, habilito al ciudadano Manuel Barreras Ibarra, Secretario del Ayuntamiento, como encargado del Despacho de la Presidencia Municipal, durante un periodo de quince días, contados a partir de la presente fecha, para que atienda los asuntos de trámite y aquéllos que no admiten demora"
Powered By Blogger
______________________________________________________________________________