28/4/07

APRUEBA IEM PROCEDIMIENTOS DE QUEJAS O DENUNCIAS

En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), se aprobó el proyecto de Procedimiento Específico para la Sustanciación y Resolución de Promociones, Quejas o Denuncias por Infracciones a la Legislación Electoral, que no tengan como finalidad inmediata la sanción, pues a través de él se conocerán las irregularidades que se cometan en contra de las disposiciones constitucionales y del Código Electoral del Estado, para que se tomen las medidas pertinentes.

Con esta medida, misma que fue aprobada por unanimidad en el Consejo General del IEM, habrá una mayor equidad y transparencia en el proceso electoral del presente año.

En este proyecto se marca que cuando un partido político llegue a presentar una denuncia o si el IEM de oficio inicia con una investigación, será el secretario general quien analice la procedencia del caso.
Una vez realizado esto, se emplazará al partido político o coalición denunciado, con el fin de que en un plazo de cinco días manifieste lo que a su interés convenga ante el IEM.

Posteriormente el secretario general ordenará que se realice la investigación correspondiente, misma que deberá efectuarse durante los cinco días posteriores al emplazamiento.

Concluida la investigación realizada, se le informará a la parte denunciada el resultado de dicha investigación, mediante copias certificadas, para que en un término de 48 horas señale o manifieste lo que a su interés corresponda.

Dentro de los cinco días siguientes, contados a partir de la conclusión de las 48 horas anteriores, e integrado en su totalidad el expediente respectivo, el secretario general elaborará el proyecto de resolución, mismo que tendrá que ser sometido a consideración del Consejo General, quien resolverá en sesión que, a la brevedad posible, se convoque en atención al reglamento de sesiones.
La resolución que apruebe el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán deberá ejecutarse de forma inmediata.
El Consejo General consideró pertinente establecer el citado procedimiento, con el fin de salvaguardar las formalidades esenciales previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 14 y 16.
A petición del representante del PRD ante el Consejo General, se incluyó un punto de acuerdo por medio del cual se establece el procedimiento para integrar las propuestas de ciudadano para ocupar el cargo de presidente, consejeros electorales, secretarios y vocales de los comités distritales y municipales electorales, mismos que funcionarán durante el tiempo que dure el proceso del 2007. Sobre el tema se acordó analizarlo en los siguientes días mediante mesas de trabajo
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