1/7/10

ARCHIVAN DENUNCIA CONTRA DIPUTADO LOCAL

Con el argumento de que no se acreditan los elementos constitutivos del tipo penal de Abusos deshonestos la Subprocuraduría Regional de Justicia de Lázaro Cárdenas desecho la averiguación previa penal No. 341/2009-I que inició el 4 de diciembre del 2009 y fue Instruida en contra de Arquímedes Oseguera Solorio quien es Diputado Local por el distrito de Lázaro Cárdenas.

En el acta suscrita por el Acuerdo de Autorización de Archivo emitido el pasado 18 de junio del presente año se reseñan las actuaciones ministeriales y en la última de sus partes explica que no se acreditan los elementos “Pues, al no ser ciertos los hechos denunciados por la ofendida, se desprende que el ahora acusado nunca realizó conductas obscenas ni mucho menos golpeó a la ofendida, pues al rendir su declaración ministerial ante esa fiscalía el Jefe de Tenencia de Guacamayas, éste manifestó que el indiciado de nombre Arquímedes Oseguera Solorio, nunca realizó conductas obscenas ni mucho golpeó o amenazó a la ofendida, motivo por el cual no se actualizan los ilícitos previstos y sancionados por los artículos 245,269 y 279 del Código Penal vigente en el estado, tal como ha quedado acreditado en actuaciones

Por lo anterior es que se autoriza al agente del ministerio público investigador para dictar el acuerdo de archivo correspondiente dentro de la presente averiguación previa penal por encontrarse apegado a derecho, cita la notificación judicial de la cual este diario tiene una copia.

En dicho documento se explica la notificación personal y/o mediante estrado a la que se dijo ofendida, en este caso la señora Eleazar Cuevas Ortega, a la que se le ha hecho saber “El término con el que cuenta para impetrar el juicio de garantías en contra de esta resolución. Lo anterior a fin de que si lo estima conveniente ocurre ante la autoridad de control constitucional al tenor de lo dispuesto en el artículo 21, párrafo cuatro, de la constitución política de los Estados Unidos mexicanos y de conformidad con el artículo 34 del código de procedimientos penales del estado de Michoacán"

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